Hace unos días salió una sentencia en el Tribunal de Justicia de la Unión Europea sobre el sistema de transferencias internacionales en el fútbol que están desarrolladas en el Reglamento sobre el Estatuto y la Transferencia de Jugadores de Fifa. Todo empezó con una demanda que el jugador francés Lass Diarrá elevó contra Fifa que puso en funcionamiento a este tribunal que entró a analizar el sistema de internacional transferencias y al final las declaró como no ajustado al tratado de la Unión Europea.
Para entender este tema voy a intentar hacer un paralelo con un caso puramente laboral en Colombia que se repite prácticamente en todos lados:
Supongamos que un alto ejecutivo de un banco termina el contrato de trabajo, sin justa causa y decide irse a el banco de la competencia. En Colombia y en la mayoría de sitios esto se debería hacer sin prácticamente ningún inconveniente y casi nunca se condena al extrabajador a pagar suma alguna de dinero a su antiguo empleador. En el fútbol, los jugadores si terminan un contrato de trabajo sin justa causa (Ariel Ortega contra Fenerbahçe) o si son despedidos con justa causa (lo que le sucedió a Adrián Mutu con el Chelsea) deben pagar altas indemnizaciones a sus antiguos clubes empleadores, en los casos mencionados a Ortega lo condenaron a pagar US$11 millones y al rumano 17 millones de euros (US$17.858.080) a sus antiguos empleadores.
Esas indemnizaciones exorbitantes se calculan con unos métodos que no analizan el daño que pudo haber sufrido el antiguo club (si es que existe algún daño) sino que se hace basado en criterios facilistas como, entre otros, salarios pagados al jugador, salarios por recibir en el nuevo club o valor que pagó el club por la transferencia, ninguno aceptable desde el punto de vista laboral.
Supongamos (solo suponiendo) que a nuestro alto ejecutivo le toca pagar a su antiguo empleador una indemnización alta, no digamos 17 millones de euros (US$17.858.080), pero si unos quinientos millones de pesos. El antiguo banco tendrá herramientas jurídicas propias para cobrar esta suma y deberá iniciar procesos ordinarios o ejecutivos para lograr que su antiguo ejecutivo pague esta absurda suma.
Pues bien, Fifa se inventó una forma que para ellos facilita el pago de estas indemnizaciones, se declara al nuevo club solidariamente responsable del pago de las indemnizaciones tiene el jugador a contratar con sus antiguos clubes.
En nuestro ejemplo, por el solo hecho de que el banco nuevo contrate a nuestro ejecutivo, es solidariamente responsable del pago de esos $500 millones.
Esto le ocurrió a Diarrá, lo condenaron a pagar la suma de diez millones de euros como indemnización por terminación del contrato de trabajo sin justa causa, fallo de Fifa confirmado por el Tribunal Arbitral del Deporte.
Obviamente, le resultó imposible al jugador conseguir trabajo, ningún equipo de fútbol se iba a hacer cargo de una deuda de 10 millones de euros (US$10.504.000) por el solo hecho de contratar al jugador.
Es increíble como los abogados que se dedican al derecho y fútbol, dentro de los cuales me incluyo, hemos visto desde hace más de veinte años esta práctica como normal. Evidentemente no tiene nada de normal y perjudica no solo al jugador con este tipo de problemas, sino que frena la posibilidad de muchos clubes de contratar jugadores.
Este es tal vez el principal aspecto del fallo del Tribunal de Justicia que hará que el sistema de transferencias sea repensado, para esto Fifa ha invitado a participar en un debate global sobre el tema a todos los interesados del fútbol.
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